“Nadie gana con que Hasél vaya a la cárcel”: los delitos de opinión, en el punto de mira

  • El próximo ingreso en prisión del rapero Pablo Hasél ha impulsado el debate sobre los límites a la libertad de expresión
  • El Gobierno se compromete a sacar los "excesos verbales" del Código Penal, mientras UP ha presentado una reforma en el Congreso
  • "Es un debate necesario. Desde foros internacionales también se había recomendado a España revisar estas cuestiones", aseguran expertos consultados

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El rapero Pablo Hasél tendrá que entrar en prisión por una pena de nueve meses durante los próximos días. El motivo son sus canciones y una serie de tuits donde los tribunales han encontrado delito de enaltecimiento del terrorismo, injurias a la Corona y a las Fuerzas de Seguridad del Estado. La ola de preocupación que ha levantado, y que ha hecho que más de 200 personas del mundo de la cultura pidan su libertad, ha acelerado que el Gobierno mueva ficha y se plantee "una revisión de los delitos relacionados con excesos en el ejercicio de la libertad de expresión". Unidas Podemos ha registrado su propia ley en el Congreso. Se abre en el seno del Ejecutivo el debate sobre los límites de la libertad de expresión.

Mientras Moncloa se ha limitado en un comunicado a decir que su propuesta planteará que los "excesos verbales" que impliquen manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales deben permanecer al "margen del castigo penal", Unidas Podemos concreta los delitos a modificar: injurias a la Corona, contra los sentimientos religiosos, injurias a las instituciones del Estado y enaltecimiento del terrorismo. En los últimos años, ha habido un goteo de juicios por estos delitos, desde la condena al rapero Valtonyc hasta el fallo contra La insurgencia.

"Históricamente, hay una serie de límites a la libertad de expresión. Por eso, la injuria y la calumnia están prohibidas, pero cuando no hablamos de críticas a una persona, sino a una institución, se empiezan a parecer más a un delito de opinión. Hablar de instituciones es hablar de política", explica Andrés Boix, profesor de la Universidad de Valencia sobre cómo se han estrechado los límites. Durante estos años, cantantes, tuiteros y hasta titiriteros se han visto envueltos en procesos judiciales por causas similares.

El experto asegura que la condena a cárcel de Hasél "es sorprendente" y que sus homólogos europeos lo observan con preocupación. Lo mismo opina Fernando de la Fuente, viceportavoz de Juezas y Jueces para la Democracia: "Es un debate necesario. Desde foros internacionales también se había recomendado a España revisar estas cuestiones". El experto sí cree que hay "singularidades" en el Código Penal español: "Hay mucha gente que desconoce que respecto al derecho al honor, en el que se encuentran las injurias, hay protección civil. Lo singular es que en España se criminaliza esas conductas con procedimientos penales. En otros ámbitos, la legislación penal española se circunscribe a los casos más graves", explica.

Boix también cree que es una "buena noticia" que se abra el debate desde el Gobierno sobre la necesaria actualización del Código Penal, que elimine algunas "pulsiones autoritarias": "Nadie gana con que Hasél entre en la cárcel. Ni la sociedad española, ni la ética pública, ni siquiera la Monarquía. La ganancia social es nula", explica.

Un debate de calado en el seno del Gobierno

Es, por tanto, un debate de calado que requiere reflexión pública y que en los últimos años ha suscitado amplias discusiones tanto entre la población como entre profesionales de distintas áreas. La profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, Mar Aguilera, recuerda que la libertad de expresión es "la espina dorsal de la democracia": "La libertad no está solo para proteger lo que nos place, sino también lo que nos disgusta e incluso lo que nos ofende".

Por tanto, las tres fuentes consultadas consideran que el Código Penal necesita una "modernización" respecto a estos delitos y comparten la sensación de que durante los últimos años se ha "hipertrofiado" el uso de algunos de ellos. A esta circunstancia hay que sumarle otras leyes más contestadas como la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza, aprobada en 2015.

Son tipificaciones que llevan años en el Código Penal, pero en épocas de mayor convulsión, podrían utilizarse con más frecuencia. "Los procesos penales empiezan por una querella del afectado. A más gente que se considera afectada, más procedimientos y, por tanto, más sobredimensión de los delitos. Los jueces tenemos que aplicar la ley, aunque no nos guste, porque es la que es. Si dice que hay que condenar, tenemos que hacerlo", explica el viceportavoz de Juezas y jueces para la Democracia.

Los procesos penales sumen a los implicados en un desgaste personal fuerte, incluso cuando salen absueltos. Repasamos algunos de los delitos en el punto de mira del debate.

Injurias a la Corona

El Código Penal castiga con penas de "seis meses a dos años" la calumnia o injuria al rey cuando son graves, y con la de multa de seis a doce meses si no lo son.

Boix cree que esta protección especial está relacionada, probablemente, por "el miedo a que la Corona sea cuestionada". Si se derogase, Felipe de Borbón seguiría protegido de injurias y calumnias por las mismas leyes que el resto de ciudadanos.

"¿Se puede injuriar, por ejemplo, al presidente del Gobierno?", pregunta el profesor. El experto explica que la interpretación del Tribunal Constitucional suelen entender que los cargos públicos están sometidos a la crítica y que en su caso, "los márgenes para la libertad de expresión son mayores". Por tanto, no se suelen perseguir. Por eso, las injurias a la Corona suponen una excepción polémica.

Sentimientos religiosos

Este delito ha dado algunas de las imágenes más polémicas de los últimos años en España. Por esta tipificación se ha enjuiciado a la procesión del "Coño insumiso" o se ha llevado ante el juez al actor Willy Toledo por "cagarse en Dios".

Mar Aguilera se remite al Comentario 34 de la ONU y califica de "desproporcionada" la regulación de la blasfemia en el Código Penal español. El texto castiga con una multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan "escarnio" de sus creencias o vejen a quienes las practican. "Una cosa es el reproche moral y otra el penal. Si alguien insulta o se ríe de la creencia de otro, me puede parecer mal personalmente, pero otra cosa es lo que tiene que hacer el Estado", explica pedagógica.

Injurias al Gobierno y otras instituciones del Estado

Boix asegura que, salvo excepciones, esta tipificación ha caído en desuso: "Instituciones como el TC no suelen ampararse en este delito".

Mar Aguilera recuerda una de las primeras lecciones que recibió cuando era estudiante de Derecho: "El derecho en un Estado democrático es para proteger a los débiles, no a los poderosos". Por eso cree que hay delitos que deben de dejarse fuera del Código Penal: "La dimensión pública de la persona es determinante".

Por eso, los tres expertos también coinciden en que hechos como las críticas a los agentes de Policía no cumplen tampoco las características de los delitos de odio , ya que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado no forman parte de colectivos tradicionalmente maltratados.

Enaltecimiento del terrorismo

Es uno de los delitos que aparecen en las condenas de Valtonyc, Hasél o incluso de César Strawberry, que tuvo que llevar su caso hasta el Constitucional.

Los expertos advierten que hay una tendencia preocupante y contradictoria respecto a los delitos de enaltecimiento del terrorismo, castigados con la pena de prisión de "uno a tres años": han aumentado en el periodo en el que no hay bandas terroristas activas en España desde que en 2011 ETA anunció el cese definitivo de su actividad armada.

Por tanto, Fernando de la Fuente cree que hay que circunscribirlo a actuaciones "directas y muy graves" y no a una canción o una tira cómica con referencias generales.

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1 Comment
  1. Miguel says

    Siguen aplicándonos » su normalidad democrática……» ; ayer por ejemplo la directora y administradora provisional de RTVE Rosa Mª Mateo defensora acérrima de la corrupta monarquía española y siguiendo los consejos y recomendaciones de la fascistada de los de VOX ; se convirtió también en verdugo de dos trabajadores que no hicieron más que su trabajo , pero que podían incomodar a todo el clan familiar corrupto/monárquico.
    Tod@s somos Pablos Hasél y Valtonyc……….
    » GRACIAS P$(~)€………..» .
    Salud y próxima República.

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