Los abogados del Grupo Prisa equivocaron su dictamen

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Un cartel convocando paros en todo el Grupo Prisa, que fueron desconvocado por los acuerdos alcanzados entre la empresa y los comités de empresa. / ccoo.es

El despacho de abogados que asesora al Grupo Prisa emitió un dictamen, en septiembre de 2012, en el que expresaba que los acuerdos alcanzados entre la empresa y los sindicatos de 14 de junio de 2011 -en un proceso de mediación para evitar la huelga- no tenían viabilidad jurídica. El principal pacto que contemplaba ese acuerdo era la indemnización de 45 días por año con el tope de 42 mensualidades para el caso de producirse despidos durante su vigencia y esa indemnización es la que ha reconocido el Tribunal Supremo en el despido de Prisa Corporativa y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el diario El Paíscuartopoder ha tenido acceso al citado dictamen, emitido días antes de aprobarse el despido colectivo en Prisa Corporativa y en el diario El País.

El informe de Sagardoy Abogados afirma que el acuerdo no se ajusta a los contenidos mínimos y exigibles del Estatuto de los Trabajadores y de ahí su carencia de "fuerza vinculante erga omnes". Sin embargo, el Tribunal Supremo hace una interpretación totalmente contraria en la sentencia de Prisa Corporativa, en la que manifiesta: "tales acuerdos tienen la misma eficacia que lo acordado en Convenio Colectivo"

A pesar de que el propio despacho había participado en la redacción del acuerdo, expresa en su informe que la designación de la parte empresarial genéricamente como "Grupo Prisa" es de difícil legitimación y reconocimiento legal. Tampoco creen que el ámbito temporal esté definido, a pesar de que los firmantes crearon una comisión que preveía su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012, como así recoge igualmente el Alto Tribunal.

Ayer se celebró en la Audiencia Nacional la vista de la demanda de conflicto colectivo que ha interpuesto la dirección del diario El País contra el comité de empresa para reclamar que ese acuerdo quede anulado por la conciliación del ERE que se celebró ante los tribunales. La empresa pretende enmendar su errónea actuación, que le está costando caro: el Tribunal Supremo estimó la demanda de Prisa Corporativa, que provocó que la empresa tuviera que abonar 45 días a los 23 trabajadores despedidos, en lugar de los 20 días con los que pretendían indemnizar el despido. En el caso de El País, son 40 los trabajadores que demandaron individualmente en virtud de ese acuerdo. De momento, el TSJ de Madrid ya ha dado la razón a 3 de los trabajadores,aunque la empresa ha recurrido al Tribunal Supremo.

Sin embargo, para el comité de empresa de El País, el procedimiento interpuesto es inadecuado, no hay conflicto entre empresa y trabajadores, y sólo se pretende que la Audiencia Nacional se convierta en una nueva instancia judicial, a pesar de que el acuerdo de conciliación, que puso fin al ERE en el diario, no cuestionó la validez de los acuerdos de junio de 2011, mientras que los trabajadores sufrieron un importante recorte salarial.

Los tribunales tendrán la última palabra pero la plantilla de El País todavía no ha podido pasar página de ese doloroso despido colectivo.

1 Comment
  1. gente corriente says

    y seguro que les han cobrado una pasta…

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